Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si cuando se dispensa un fármaco no aportándose la documentación exigida (recetas), o aportándola, esta sea inadecuada, o si el acto de dispensación no se registra por la farmacia debidamente, tal actuación es un acto de dispensación sujeto al régimen sancionador de la normativa estatal sobre medicamentos, resultando de aplica por infracción de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, o por el contrario, es un acto sujeto al régimen sancionador de la normativa autonómica sobre ordenación farmacéutica; y, en caso de que se considere aplicable el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios se determine si el plazo de caducidad del procedimiento sancionador corresponde al plazo de tres meses del artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o al plazo que prevea la normativa autonómica para ese tipo de procedimientos. y si la infracción grave prevista en el artículo 111.2 b) 8ª del RD legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos permite sancionar al titular de la farmacia.
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar si el gasto ocasionado por la asistencia de diagnosis y seguimiento, prestada por el servicio público de salud a un beneficiario de MUFACE -en caso de contacto estrecho de personas infectadas con Covid-19 o sospechoso de haber contraído la enfermedad-, debe ser soportado por el propio sistema público sanitario, por constituir una excepción a los servicios sanitarios que se deben proveer por la mutualidad, o si, por el contrario, cabe reclamar a la compañía aseguradora que colabora, por medio de concierto, con la mencionada mutualidad, el gasto generado por la asistencia.
Resumen: DERECHO O NO AL PERCIBO DE LA PRESTACIÓN POR IT EN LOS 180 DÍAS SIGUIENTES AL ALTA MÉDICA. REQUISITO DE ALTA O ASIMILACIÓN AL ALTA. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: DESPIDO. CONTRATO TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EVENTUALES DE LA PRODUCCIÓN (VACACIONES) QUE FINALIZA EN LA FECHA PREVISTA PARA ELLO. NO RESPONDE A CAUSAS COVID. SE RECONOCE LA VALIDA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. Quien pretende la modificación de las medidas establecidas tiene la carga de acreditar que las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día para establecerlas han variado de forma sustancial y definitiva, y no con carácter meramente temporal o provisional. En el caso no consta que el actor hubiera en su día iniciado el procedimiento especial sumario regulado en el Real Decreto Ley 16/2020, de Medidas Procesales y Organizativas para hacer frente al COVID- 19 en el ámbito de la Administración de Justicia, que permitía la revisión de las medidas establecidas, entre ellas las relativas a la pensión de alimentos reconocida a los hijos modificación, que, en cualquier caso, tendría carácter opcional y temporal con vigencia durante el periodo de tiempo en que continuara afectada la capacidad económica del deudor, y diferenciándose este tipo de procedimientos de los de la modificación de medidas definitivas, que tienen una vocación de permanencia frente a la temporalidad de los regulados en el mencionado Real Decreto Ley. Dando por cierta esa disminución durante el tempo de pandemia, sin embargo, no acredita una variación sustancial duradera, por tanto, se desestima el motivo, si bien no se hace pronunciamiento sobre costas procesales en la segunda instancia.
Resumen: INTERNATIONAL REGULAR BUS CASTRO S.L. Vulneración de derecho fundamental. Garantía de indemnidad. Derecho a indemnización por daños y perjuicios.